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Legislación › Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.

Disposición adicional quincuagésima.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1986 y la del 28 de mayo de 1987. Tachado: lo que se quitó (72 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quincuagésima.
Los funcionarios civiles y militares y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que resulten inutilizados para el servicio o fallezcan como consecuencia de actos terroristas, causarán en su propio favor o en el de sus familias las pensiones extraordinarias previstas en los artículos uno dos de la Ley 9/1977, de 4 de enero, sin que les sean de aplicación las limitaciones establecidas en el artículo 29 de esta Ley. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de mayo de 1987 En vigor BOE-A-1987-12636 Leer Qué cambió
1 de enero de 1986 Texto original Leer

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