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Legislación › Ley 6/1984, de 15 de noviembre, del Consejo Asesor de Radio-Televisión española en las Islas Baleares.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

La constitución del Consejo Asesor debe realizarse en el plazo máximo de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

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