Legislación › Ley 6/1984, de 15 de noviembre, del Consejo Asesor de Radio-Televisión española en las Islas Baleares.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
La constitución del Consejo Asesor debe realizarse en el plazo máximo de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.


