Legislación › Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.
Artículo segundo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de marzo de 1985 y la del 1 de julio de 1986.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo segundo.
1. Son Unidades Legales de Medida las unidades básicas, básicas suplementarias y derivadas del Sistema Internacional de Unidades (SI), adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas. Medidas y vigentes en la Comunidad Económica Europea.
2. Las unidades básicas son:
Magnitud
·
Nombre
de la unidad
·
Símbolo
·
Longitud
·
metro
·
m
·
Masa
·
kilogramo Kilogramo
·
kg
·
Tiempo
·
segundo
·
s
·
Intensidad de corriente eléctrica
·
amperio
·
A
·
Temperatura termodinámica
·
kelvin Kelvin
·
K
·
Cantidad de sustancia
·
mol
·
mol
·
Intensidad luminosa
·
candela
·
cd
·
3. Las definiciones de las unidades, sus nombres y símbolos, así como las reglas para la formación de sus múltiplos y submúltiplos, son las del Sistema Internacional de Unidades Unidades, y serán establecidas por el Gobierno, por Real Decreto, de conformidad con los acuerdos de la Conferencia General de Pesas y Medidas. Medidas y la normativa de la Comunidad Económica Europea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1997 En vigor | BOE-A-1996-29117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 1986 | BOE-A-1986-17234 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 1985 | Texto original | Leer |


