Legislación › Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.
CAPÍTULO I
CAPÍTULO I
Carácter, elección, nombramiento y cese
Se modifica el enunciado por el art. 2 de la Ley 3/1994, de 18 de julio. BOE-A-1994-22809
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de agosto de 1994 En vigor | BOE-A-1994-22809 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 1984 | Texto original | Leer |


