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Legislación › Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.

TÍTULO V

TÍTULO V

De las relaciones con el Defensor del Pueblo y los comisionados de Parlamentos o de Asambleas legislativas autonómicas

Se añade por el art. 2 de la Ley 3/1994, de 18 de julio. BOE-A-1994-22809

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