Legislación › Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.
TÍTULO V
TÍTULO V
De las relaciones con el Defensor del Pueblo y los comisionados de Parlamentos o de Asambleas legislativas autonómicas
Se añade por el art. 2 de la Ley 3/1994, de 18 de julio. BOE-A-1994-22809


