Legislación › Orden de 15 de abril de 1985, sobre normas técnicas de las griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.
Cuarto.
Cuarto.
Las solicitudes de homologación de tipo que se tramitarán y resolverán con arreglo a lo prevenido en el capítulo 5 del Reglamento General de Actuaciones, del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la Normalización y Homologación, aprobado por Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, se dirigirán a la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales.


