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Legislación › Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Artículo veintisiete

Artículo veintisiete

Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, realizarán un control de la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a criterios de veracidad en lo que atañe a la salud y para limitar todo aquello que pueda constituir un perjuicio para la misma, con especial atención a la protección de la salud de la población más vulnerable.

Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre. BOE-A-2011-15623.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de octubre de 2011 En vigor BOE-A-2011-15623 Leer Qué cambió
19 de mayo de 1986 Texto original Leer

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