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Legislación › Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.

Art. 160.

Art. 160.

En todas las materias o asuntos de carácter reglado, el órgano técnico someterá al órgano competente del Consejo al darle cuenta de los mismos, el correspondiente informe sobre la resolución que proceda.

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