Legislación › Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud.
Artículo 22.
Artículo 22.
El titular de la Consejería de Salud y Consumo, resolverá los recursos que se presenten contra los actos o acuerdos del Servicio Andaluz de Salud, en los términos previstos en la legislación vigente, dando fin a la vía administrativa.


