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Legislación › Ley 1/1986, de 31 de marzo, del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias.

Artículo 11.

Artículo 11.

Los actos administrativos emanados de los órganos del Consejo serán directamente recurribles, en vía contencioso-administrativa, con arreglo a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

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