Legislación › Ley 4/1986, de 15 de mayo, Reguladora de los Honores y Distinciones del Principado de Asturias.
Artículo 17.
Artículo 17.
Las entregas de las Medallas de Asturias y de los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo de Asturias por el Presidente del Principado, se harán en actos solemnes, preferentemente coincidiendo con la celebración del Día de Asturias.


