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Legislación › Ley 4/1986, de 15 de mayo, Reguladora de los Honores y Distinciones del Principado de Asturias.

Artículo 17.

Artículo 17.

Las entregas de las Medallas de Asturias y de los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo de Asturias por el Presidente del Principado, se harán en actos solemnes, preferentemente coincidiendo con la celebración del Día de Asturias.

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