Legislación › Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial.
Artículo 11
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de julio de 1986 y la del 11 de febrero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 11
El Vicepresidente del Consejo de Administración lo será también de la Entidad y le corresponderá: (Suprimido)
1. Sustituir al Presidente en sus funciones en los casos de ausencia, enfermedad y en general cuando ocurra alguna causa justificada.
2. Las demás facultades que le delegue el Consejo Administración o el Presidente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-2081 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 1986 | Texto original | Leer |


