Legislación › Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas.
ANEJO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de diciembre de 2010 y la del 31 de mayo de 2020.
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ANEJO II
Requisitos de las semillas
Las semillas de las distintas categorías han de cumplir los requisitos siguientes:
A) Porcentajes mínimos de pureza específica, germinación y máximos de semillas de otras especies, exigibles para todas las categorías:
Especies
·
Pureza específica
(tanto por ciento
en peso)
·
Germinación
de semillas puras
o glomérulos
(tanto por ciento)
·
Contenido
máximo
de semillas
de otras especies
(tanto por ciento
en peso)
·
Acelga Acelga.
·
97
·
70 (gl.)
·
0,5
·
Achicoria industrial común (incluida la achicoria roja).
·
95
·
65
·
1,5
·
Achicoria industrial.
·
97
·
70 80
·
1
·
Ajo Ajo.
·
97
·
65
·
0,5
·
Apio y apionabo.
·
97
·
80
·
1,0
·
Berenjena Berenjena.
·
96
·
65
·
0,5
·
Berza Berza.
·
97
·
75
·
1,0
·
Borraja Borraja.
·
97
·
65
·
0,5
·
Bróculi o brécol.
·
97
·
70
·
1,0
·
Calabacín Calabacín.
·
98
·
75
·
0,1
·
Calabaza Calabaza.
·
98
·
85
·
0,1
·
Cardo Cardo.
·
96
·
65
·
0,5
·
Cebolla y Chalota Chalota.
·
97
·
70
·
0,5
·
Cebolleta Cebolleta.
·
97
·
65
·
0,5
·
Cebollino Cebollino.
·
97
·
65
·
0,5
·
Col china china.
·
97
·
75
·
1,0
·
Col de Bruselas Bruselas.
·
97
·
75
·
1,0
·
Col de Milán Milán.
·
97
·
75
·
1,0
·
Col repollo negra.
·
97
·
75
·
1,0
·
Coliflor Col repollo.
·
97
·
75
·
1,0
·
Col rizada.
·
97
·
75
·
1,0
·
Coliflor.
·
97
·
70
·
1,0
·
Colirrábano Colirrábano.
·
97
·
75
·
1,0
·
Endibia, achicoria silvestre (achicoria italiana) Endibia.
·
95
·
65
·
1,5
·
Escarola Escarola.
·
95
·
65
·
1,0
·
Escorzonera Escorzonera.
·
95
·
70
·
1,0
·
Espárrago Espárrago.
·
96
·
70
·
0,5
·
Espinaca Espinaca.
·
97
·
75
·
1,0
·
Garbanzo Garbanzo.
·
98
·
80
·
0,1
·
Guisante Guisante.
·
98
·
80
·
0,1
·
Haba Haba.
·
98
·
80
·
0,1
·
Hinojo Hinojo.
·
96
·
70
·
1,0
·
Judía Judía.
·
98
·
75
·
0,1
·
Judía de España España.
·
98
·
80
·
0,1
·
Lechuga Lechuga.
·
95
·
75
·
0,5
·
Lenteja Lenteja.
·
98
·
80
·
0,1
·
Lombarda Lombarda.
·
97
·
75
·
1,0
·
Maíz dulce y Maíz para palomitas palomitas.
·
98
·
85
·
0,1
·
Melón Melón.
·
98
·
75
·
0,1
·
Nabo Nabo.
·
97
·
80
·
1,0
·
Pepino Pepino.
·
98
·
80
·
0,1
·
Perejil Perejil.
·
97
·
65
·
1,0
·
Pimiento y guindilla.
·
97
·
65
·
0,5
·
Puerro Puerro.
·
97
·
65
·
0,5
·
Rábano Rábano.
·
97
·
70
·
1,0
·
Remolacha Remolacha.
·
97
·
70 (gl.)
·
0,5
·
Ruibardo Ruibardo.
·
97
·
70
·
0,5
·
Sandía Sandía.
·
98
·
75
·
0,1
·
Tomate Tomate.
·
97
·
75
·
0,5
·
Zanahoria Zanahoria.
·
95
·
65
·
1,0
·
Notas:
1. Las cifras de germinación para acelga y remolacha se refieren al número de glomérulos germinados.
2. La presencia de enfermedades o plagas que limiten el valor de utilización de las semillas no será admisible más que en porcentajes tan reducidos que no perjudiquen al desarrollo posterior de los cultivos. Para variedades de “Zea mays” (maíz dulce de tipo superdulce), la capacidad germinativa mínima exigida se reduce al 80% de semillas puras. En la etiqueta oficial o la etiqueta del proveedor, cuando proceda, deberá figurar el texto “facultad germinativa mínima del 80 %”.
3. Las semillas no deberán estar contaminadas por ácaros vivos.
4. No se permite la presencia de gorgojo vivo («Acanthoscelides obctetus» o «Bruchus sp.») en las semillas de garbanzo, guisante, haba, judía y lenteja.
5.
B) Porcentajes mínimos de pureza varietal (plantas que correspondan al tipo varietal).
Especies autógamas (garbanzo, guisante, judía, lechuga, lenteja y tomate).
– Semilla de Base: 99,5 por 100.
– Semilla Certificada: 99 por 100.
– Semilla standard: estándar: 97 por 100.
Especies alógamas (el resto de las especies citadas en el epígrafe I).
– Semilla de Base: 99 por 100.
– Semilla Certificada: 98 por 100.
– Semilla standard: estándar: 95 por 100.
C) Presencia de plagas, enfermedades y organismos nocivos.
Las semillas estarán prácticamente libres de cualquier plaga que reduzca la utilidad y calidad de los materiales de reproducción. Las semillas también cumplirán los requisitos relativos a las plagas cuarentenarias de la Unión, las plagas cuarentenarias de zonas protegidas y las plagas reguladas no cuarentenarias contemplados en los actos de ejecución adoptados con arreglo al Reglamento (UE) 2016/2031, así como las medidas adoptadas con arreglo al artículo 30, apartado 1, de ese mismo Reglamento.
Se comprobará, al menos mediante inspección visual, que la presencia de plagas reguladas no cuarentenarias en las semillas de plantas hortícolas no supera los umbrales correspondientes que figuran en el cuadro siguiente:
Plagas reguladas no cuarentenarias
o síntomas causados por ellas
·
Género o especie
de las semillas
de plantas hortícolas
·
Umbral de presencia
de las plagas reguladas
no cuarentenarias
en las semillas
de plantas hortícolas
·
Bacterias
·
Clavibacter michiganensis ssp. michiganensis (Smith) Davis et al. [CORBMI].
·
Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Xanthomonas axonopodis pv. phaseoli (Smith) Vauterin et al. [XANTPH].
·
Phaseolus vulgaris L.
·
0 %
·
Xanthomonas euvesicatoria Jones et al. [XANTEU].
·
Capsicum annuum L., Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Xanthomonas fuscans subsp. fuscans Schaad et al. [XANTFF].
·
Phaseolus vulgaris L.
·
0 %
·
Xanthomonas gardneri (ex Šutic 1957) Jones et al. [XANTGA].
·
Capsicum annuum L., Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Xanthomonas perforans Jones et al. [XANTPF].
·
Capsicum annuum L., Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Xanthomonas vesicatoria (ex Doidge) Vauterin et al. [XANTVE].
·
Capsicum annuum L., Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Insectos y ácaros
·
Acanthoscelides obtectus (Say) [ACANOB].
·
Phaseolus coccineus L., Phaseolus vulgaris L.
·
0 %
·
Bruchus pisorum (Linnaeus) [BRCHPI].
·
Pisum sativum L.
·
0 %
·
Bruchus rufimanus Boheman [BRCHRU].
·
Vicia faba L.
·
0 %
·
Nematodos
·
Ditylenchus dipsaci (Kuehn) Filipjev [DITYDI].
·
Allium cepa L., Allium porrum L.
·
0 %
·
Virus, viroides, enfermedades similares a las víricas y fitoplasmas
·
Virus del mosaico del pepino [PEPMV0].
·
Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Viroide del tubérculo fusiforme de la patata [PSTVD0].
·
Capsicum annuum L., Solanum lycopersicum L.
·
0 %
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-10686 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2022 | BOE-A-2022-13835 | Leer | Qué cambió |
| 31 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5413 | Leer | Qué cambió |
| 12 de diciembre de 2010 | BOE-A-2010-19102 | Leer | Qué cambió |
| 22 de junio de 2007 | BOE-A-2007-12197 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 1990 | BOE-A-1990-18972 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 1986 | Texto original | Leer |


