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Legislación › Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas.

I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de octubre de 1988 y la del 5 de agosto de 1990. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

I. ESPECIES SUJETAS AL REGLAMENTO TÉCNICO
Quedan incluidas en el ámbito de aplicación de este Reglamento Técnico, las semillas de especies y variedades botánicas siguientes, cuyo fin sea la producción de plantas hortícolas o de utilización agrícola, excluida la utilización ornamental:
Allium cepa L
·
Cebolla.
·
Allium porrum L
·
Puerro.
·
Apium graveolens L
·
Apio y apio-nabo.
·
Asparagus offrcinalis L
·
Espárrago.
·
Beta vulgaris L. var. vulgaris.
·
Acelga.
·
Beta vulgaris L. var. conditiva Alef.
·
Remolacha de mesa.
·
Borrago officinalis L
·
Borraja.
·
Brassica oleracea L. consvar acephala (DC) Alef. var. sabellica L.
·
Berza.
·
Brassica oleracea L. convar botrytis (L.) Alef. var. botrytis L.
·
Coliflor.
·
Brassica oleracea L. convar botrytis (L.) Alef. var. cymosa Duch.
·
Bróculi.
·
Brassica oleracea L. convar oleracea var. gemmifera DC.
·
Col de Bruselas.
·
Brassica oleracea L. convar capitata (L.) Alef. var. sabauda L.
·
Col de Milán.
·
Brassica oleracea L. convar capitata (L.) Alef. var. alba L.
·
Col-repollo.
·
Brassica oleracea L. convar capitata (L.) Alef. var. rubra DC.
·
Col-lombarda.
·
Brassica oleracea L. convar acephala (DC) Alef. var. gongylodes
·
Colirrábano.
·
Brassica pekinensis (Lour.) Rupr
·
Col china.
·
Brassica para L. var. rapa.
·
Nabo.
·
Capsicum annuum L
·
Pimiento.
·
Cicer arietinum L
·
Garbanzo.
·
Cichorium endivia L
·
Escarola.
·
Cichorium intybus L. var. Sativum Lamex DC (partim.)
·
Achicoria de café. industrial
·
Cichorium intybus L. (partim).
·
Endibia o Endibia, achicoria de Bruselas. silvestre (achicoría italiana).
·
Citrullus lanatus (Thunb) Jatsun y Nakai
·
Sandía.
·
Cucumis melo L
·
Melón.
·
Cucumis sativus L
·
Pepino-pepinillo.
·
Cucurbita maxima L
·
Calabaza.
·
Cucurbita pepo L
·
Calabacín.
·
Cynara cardunculus L
·
Cardo.
·
Daucus carota L
·
Zanahoria.
·
Foeniculum vulgare P. Miller.
·
Hinojo.
·
Lactuca sativa L
·
Lechuga.
·
Lens culinaris Medick
·
Lenteja.
·
Lycopersicon Lycopersicum (L.) Karsten ex Farw.
·
Tomate.
·
Petroselinum crispum (Miller) Nyman ex A. W. Hill.
·
Perejil.
·
Phaseolus coccineus L
·
Judía de España.
·
Phaseolus vulgaris L
·
Judía.
·
Pisum sativum L. (Partim)
·
Guisante.
·
Rapahanus sativus L
·
Rábano
·
Scorzonera hispanica L
·
Escorzonera.
·
Solanum melongena L
·
Berenjena.
·
Spinacia oleracea L
·
Espinaca.
·
Vicia faba L. (Partim)
·
Haba.
·
Solamente podrán ser denominadas como semillas de plantas hortícolas aquéllas que hayan sido controladas por los servicios oficiales correspondientes y que hayan sido obtenidas según las disposiciones de este Reglamento; de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, sobre Semillas y Plantas de Vivero; del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero y modificaciones posteriores, así como la Orden de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento General de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero.
También podrán recibir la denominación de «semillas» la importada que cumpla los correspondientes requisitos legales:

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5413 Leer Qué cambió
16 de febrero de 2014 BOE-A-2014-1647 Leer Qué cambió
22 de junio de 2007 BOE-A-2007-12197 Leer Qué cambió
5 de agosto de 1990 BOE-A-1990-18972 Leer Qué cambió
27 de octubre de 1988 BOE-A-1988-24864 Leer Qué cambió
17 de julio de 1986 Texto original Leer

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