Legislación › Ley 3/1986, de 19 de abril, de Normalización Lingüística.
Disposición adicional octava.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de mayo de 1986 y la del 1 de enero de 2007.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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Disposición adicional octava.
Los limites límites temporales expresados en las disposiciones adicionales sexta y séptima podrán ampliarse ser ampliados mediante decreto aprobado por causas excepcionales en un plazo máximo el Consejo de dos años que tendrá carácter improrrogable. Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-4374 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 1986 | Texto original | Leer |
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