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Legislación › Ley 3/1986, de 19 de abril, de Normalización Lingüística.

Disposición adicional octava.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de mayo de 1986 y la del 1 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional octava.
Los limites límites temporales expresados en las disposiciones adicionales sexta y séptima podrán ampliarse ser ampliados mediante decreto aprobado por causas excepcionales en un plazo máximo el Consejo de dos años que tendrá carácter improrrogable. Gobierno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-4374 Leer Qué cambió
21 de mayo de 1986 Texto original Leer

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