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Legislación › Ley 3/1986, de 19 de abril, de Normalización Lingüística.

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta.

Mientras no hayan conseguido las finalidades señaladas en el artículo primero, el Govern de la Comunidad Autónoma, los Consell Insulares y las Corporaciones Locales consignarán en sus respectivos presupuestos las partidas correspondientes que permitan llevar a cabo las actuaciones contenidas en la presente Ley.

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