Legislación › Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Art. 57.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de agosto de 1986 y la del 17 de enero de 1997.
Tachado: lo que se quitó (108 palabras). Subrayado: lo que se añadió (104 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 57.
1. Cuando el solicitante del alta de residente La inscripción en un municipio sea un español procedente del extranjero, con su solicitud deberá presentar el adecuado documento expedido por el Consulado Español padrón municipal contendrá como obligatorios sólo los siguientes datos de origen, acreditativo cada vecino:
a) Nombre y apellidos.
b) Sexo.
c) Domicilio habitual.
d) Nacionalidad.
e) Lugar y fecha de esta procedencia. nacimiento.
2. En el momento f) Número de solicitar ante el Consulado el documento indicado en el número anterior, presentará simultáneamente, si procediera, la solicitud nacional de baja en el Padrón especial identidad o, tratándose de españoles residentes en el extranjero, dirigida al Ayuntamiento correspondiente, extranjeros, del documento que será cursada a éste por el Consulado. lo sustituya.
3. Cuando el solicitante g) Certificado o título escolar o académico que posea.
h) Cuantos otros datos puedan ser necesarios para la elaboración del alta de residente lleve menos de dos años en el extranjero y censo electoral, siempre que se encuentre inscrito como residente en garantice el Padrón de otro municipio, deberá cumplimentar lo dispuesto respeto a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 56 para solicitar el alta. la Constitución.
2. Con carácter voluntario se podrán recoger los siguientes datos:
a) Designación de las personas que pueden representar a cada vecino ante la Administración municipal a efectos padronales.
b) Número de teléfono.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de febrero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2248 | Leer | Qué cambió |
| 17 de enero de 1997 | BOE-A-1997-810 | Leer | Qué cambió |
| 15 de agosto de 1986 | Texto original | Leer |


