Legislación › Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Artículo 33.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de abril de 1986 y la del 30 de diciembre de 1998.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 33.
Son Cuerpos de Administración General los siguientes:
a) En el Grupo A, el Cuerpo de Técnicos Superiores. Superiores y el Cuerpo Superior de Gestión.
b) En el Grupo B, el Cuerpo de Técnicos de Gestión.
c) En el Grupo C, el Cuerpo de Administrativos.
d) En el Grupo D, el Cuerpo de Auxiliares.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 1998 En vigor | BOE-A-1999-12088 | Leer | Qué cambió |
| 24 de abril de 1986 | Texto original | Leer |


