Legislación › Ley 5/1986, de 7 de julio, del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria.
Artículo 8. El Profesorado.
Artículo 8. El Profesorado.
La actividad docente podrá ser impartida a través de los propios medios del Centro, externos o en colaboración con instituciones, organismos públicos y centros oficiales.
Se modifica por la disposición adicional 5.3 de la Ley 5/1991, de 27 de marzo. BOE-A-1991-10360
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de marzo de 1991 En vigor | BOE-A-1991-10360 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 1986 | Texto original | Leer |


