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Legislación › Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

El excedente producido por la recaudación del recargo a que se refiere la disposición transitoria del Real Decreto-ley 10/1984, de 11 de julio, devengado hasta el 31 de diciembre de 1985, se aplicará a las subvenciones previstas en el artículo 42 del presente Real Decreto.

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