Legislación › Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía.
Artículo 16.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 1986 y la del 4 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 16.
De conformidad con el artículo 28.1 104.1 del Estatuto de Autonomía, la circunscripción electoral es la provincia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2011-20373 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 1986 | Texto original | Leer |


