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Legislación › Ley 12/1985, de 30 de octubre, del Consejo Valenciano de Cultura.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

En el plazo de un mes a contar desde la publicación del nombramiento de los miembros del Consejo Valenciano de Cultura en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana», habrá de convocarse su sesión constitutiva.

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