LexTotal

Legislación › Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Art. 24. Publicación de la denegación

Art. 24. Publicación de la denegación

1. Las resoluciones de denegación deberán ser debidamente motivadas y notificadas al solicitante.

2. Se publicará en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» una mención relativa a la denegación con los datos necesarios para la identificación de la solicitud patente.

← Art 23 Índice Art 25 →