Legislación › Real Decreto 2531/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la recaudación de las cuotas de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
Art. 21. Intereses.
Art. 21. Intereses.
La deuda aplazada devengará intereses conforme al tipo de interés legal del dinero, vigente en el momento de la concesión del aplazamiento, calculado por el tiempo que medie entre la fecha de vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario y el pago efectivo.


