Legislación › Ley 6/1986, de 28 de noviembre, de Archivos de Aragón.
Artículo 24.
Artículo 24.
La Diputación General de Aragón velará para que los propietarios, poseedores o conservadores de archivos y documentos que forman parte del Sistema de Archivos de Aragón respondan de las obligaciones y cargas que según los casos les correspondan.
El Departamento de Cultura y Educación podrá contribuir al cumplimiento de dichas obligaciones mediante la concesión de ayudas, subvenciones o acceso a créditos especiales.


