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Legislación › Ley 6/1986, de 28 de noviembre, de Archivos de Aragón.

Artículo 24.

Artículo 24.

La Diputación General de Aragón velará para que los propietarios, poseedores o conservadores de archivos y documentos que forman parte del Sistema de Archivos de Aragón respondan de las obligaciones y cargas que según los casos les correspondan.

El Departamento de Cultura y Educación podrá contribuir al cumplimiento de dichas obligaciones mediante la concesión de ayudas, subvenciones o acceso a créditos especiales.

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