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Legislación › Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas judiciales.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogados:

1. El Decreto 1034/1959, de 18 de junio, por el que se convalida y regula la exacción de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia; en los apartados d) y e) de su artículo 1.º y en los números 4.º y 5.º de su articulo 4.º

2. El Decreto 1035/1959, de 18 de junio, por el que se convalida y regula la exacción de las tasas judiciales.

3. Los artículos 40.1, 41, a), 42, a) 43 y 44 del Real Decreto legislativo 3050/1980, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

4. Cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ley.

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