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Legislación › Ley 7/1985, de 26 de noviembre, de Iniciativa Legislativa Popular de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 11.

Artículo 11.

Los pliegos que contengan las firmas recogidas deberán acompañarse de certificación acreditativa que podrá ser colectiva, por pliegos, de la inscripción de los firmantes en el censo electoral como mayores de edad y se remitirán a las Juntas Electorales Provinciales para su aprobación y recuento.

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