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Legislación › Ley 3/1987, de 13 de abril, de creación del Instituto de Fomento de Andalucía.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Las dotaciones presupuestarías que la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1987 asigna al IPIA y SOPREA serán transferidas al Instituto de Fomento de Andalucía, en el momento en que entre en vigor el Reglamento General de la Ley del Instituto de Fomento de Andalucía.

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