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Legislación › Ley 1/1987, de 5 de marzo, de Cementerios Supramunicipales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 1.

Artículo 1.

1. Corresponde a la Comunidad de Madrid, en su ámbito territorial y sin perjuicio de las competencias que correspondan a los Municipios, la prestación de servicio público de cementerios supramunicipales.

2. Tienen carácter supramunicipal, a los efectos de la presente Ley, los cementerios públicos destinados a cubrir las necesidades de enterramiento que, excediendo del ámbito municipal, tiendan a complementar las instalaciones y servicios mortuorios propios de los Municipios.

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