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Legislación › Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.

Art. 13.

Art. 13.

El Decreto Foral de convocatoria señalará la fecha de las elecciones, la fecha de iniciación de la campaña electoral y, en su caso, la fecha y hora de celebración de la sesión constitutiva del Parlamento de Navarra, que deberá realizarse dentro del plazo de un mes a contar desde el día de celebración de las elecciones.

Se modifica por el art. 1 de la Ley Foral 11/1991, de 16 de marzo. BOE-A-1991-23615.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de marzo de 1991 En vigor BOE-A-1991-23615 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 1986 Texto original Leer

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