Legislación › Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence.
Artículo 7.
Artículo 7.
El «Boletín Oficial de Navarra» y el «Boletín Oficial del Parlamento de Navarra» se publicarán en castellano y en vascuence, en ediciones separadas y simultáneas.


