Legislación › Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra.
Artículo 29. Facultades del Consejo.
Artículo 29. Facultades del Consejo.
El Consejo de Administración será el representante de la Entidad para todos los asuntos pertenecientes al giro y tráfico de la misma, así como para los litigiosos.
El ejercicio de sus facultades se regirá por lo establecido en los Estatutos y en los acuerdos de la Asamblea general.


