Legislación › Real Decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros.
Artículo 43. Seguro Obligatorio de Viajeros.
Artículo 43. Seguro Obligatorio de Viajeros.
La tramitación de los siniestros cubiertos por el Seguro Obligatorio de Viajeros se ajustará a lo establecido en los artículos 46 y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto 486/1969, de 6 de marzo, y modificado por el Decreto 1814/1976, de 4 de junio, así como en la normativa que lo desarrolle y cumplimente.


