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Legislación › Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Artículo 36.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de julio de 1987 y la del 21 de julio de 1990. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 36.
Los Acuerdos aprobados y los Pactos celebrados se remitirán a la oficina Pública pública a que hace referencia el artículo 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y serán de inmediato publicados en el «Boletín "Boletín Oficial del Estado» Estado" o diarios oficiales correspondientes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de julio de 1990 En vigor BOE-A-1990-17363 Leer Qué cambió
7 de julio de 1987 Texto original Leer

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