Legislación › Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Artículo 36.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de julio de 1987 y la del 21 de julio de 1990.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Artículo 36.
Los Acuerdos aprobados y los Pactos celebrados se remitirán a la oficina Pública pública a que hace referencia el artículo 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y serán de inmediato publicados en el «Boletín "Boletín Oficial del Estado» Estado" o diarios oficiales correspondientes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de julio de 1990 En vigor | BOE-A-1990-17363 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 1987 | Texto original | Leer |


