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Legislación › Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

Artículo 42

Artículo 42

La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central estará integrada por el Auditor Presidente y la totalidad de sus Vocales Togados en servicio activo, sin que quepa la sustitución de estos últimos.

Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 1.9 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. BOE-A-2015-11070. entra en vigor el 15 de enero de 2016, según determina su disposición final 8.

Redacción anterior:

"Artículo 42

La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central estará integrada por el Auditor Presidente y la totalidad de sus Vocales Togados, sin que quepa la sustitución de estos últimos."

Se modifica, con efectos de 15 de enero de 2016, por la disposición final 1.9 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. BOE-A-2015-11070.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2015-11070 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1988 Texto original Leer

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