Legislación › Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
Artículo 42
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1988 y la del 15 de enero de 2016.
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Artículo 42
La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central estará integrada por el Auditor Presidente y la totalidad de sus Vocales Togados, Togados en servicio activo, sin que quepa la sustitución de estos últimos.
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por la disposición final 1.9 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. BOE-A-2015-11070. entra en vigor el 15 de enero de 2016, según determina su disposición final 8.
Redacción anterior:
"Artículo 42
La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central estará integrada por el Auditor Presidente y la totalidad de sus Vocales Togados, sin que quepa la sustitución de estos últimos."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2015-11070 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 1988 | Texto original | Leer |


