Legislación › Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Artículo 124.
Artículo 124.
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. 21.5 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre. BOE-A-2009-20725
Se declara que no es aplicable en Cataluña por Sentencia del TC 118/1996, de 27 de junio. BOE-T-1996-17381
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-20725 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1996 | BOE-A-1996-17381 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 1987 | Texto original | Leer |


