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Orden de 31 de julio de 1987 por la que se establecen los requisitos a los que se refiere la base 3.ª, 1 del artículo 4.º del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio.
En vigor Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno · Publicada el 7 de agosto de 1987 · Último cambio el 7 de agosto de 1987 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Primero. Normas de carácter general.
- Segundo. Requisitos de los Hospitales Universitarios.
- Tercero. Requisitos de los Hospitales Asociados.
- Cuarto. Los Centros de Atención Primaria.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición final.
- [firma]


