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Legislación › Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno.

Artículo 24.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 1987 y la del 23 de octubre de 2012. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (55 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 24.
Corresponderán al Director Gerente Corresponderá al/a la director/a gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno la gestión ordinaria del Instituto. En concreto, le corres­ponderán las siguientes atribuciones: funciones:
a) 1. La dirección del Instituto y de su personal. personal de conformidad con lo acordado por su Consejo Rector.
b) Ejecutar 2. La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.
c) Gestionar el cumplimiento de los contratos públicos y privados que suscriba el 3. La gestión ordinaria del Instituto.
d) Preparar el 4. La preparación del Plan Anual de actividades, la Memoria anual Anual y el anteproyecto Anteproyecto de presupuesto. Presupuesto, así como su presentación ante el Con­sejo Rector para su aprobación.
e) 5. Todas las demás que el Consejo Rector le encomiende encomiende.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de mayo de 2013 En vigor BOE-A-2013-6047 Leer Qué cambió
23 de octubre de 2012 BOE-A-2012-90045 Leer Qué cambió
8 de enero de 1987 Texto original Leer

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