Legislación › Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno.
Artículo 24.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de octubre de 2012 y la del 24 de mayo de 2013.
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Artículo 24.
Corresponderá al/a la director/a gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno la gestión ordinaria del Instituto. En concreto, le corresponderán las siguientes funciones:
1. La dirección del Instituto y de su personal de conformidad con lo acordado por su Consejo Rector.
2. La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.
3. La gestión ordinaria del Instituto.
4. La preparación del Plan Anual de actividades, Actividades, la Memoria Anual y el Anteproyecto de Presupuesto, así como su presentación ante el Consejo Rector para su aprobación.
5. Todas las demás que el Consejo Rector le encomiende.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de mayo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6047 | Leer | Qué cambió |
| 23 de octubre de 2012 | BOE-A-2012-90045 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 1987 | Texto original | Leer |


