Legislación › Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, por el que reorganiza la Escuela Diplomática.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
1. El Ministerio de Asuntos Exteriores elaborará y propondrá la aprobación de la correspondiente relación de puestos de trabajo.
2. El Ministro de Asuntos Exteriores, previo cumplimiento de los trámites legales vigentes, aprobará el Reglamento de la Escuela Diplomática y demás disposiciones generales necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto.


