Legislación › Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
Artículo 123. Normas de gestión de subvenciones, liquidaciones y anticipos.
Artículo 123. Normas de gestión de subvenciones, liquidaciones y anticipos.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria.1 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septimbre. BOE-A-1988-22572
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso destacado en la regla segunda del art. 153, en los términos del fj 11, por Sentencia del TC 68/1996, de 18 de abril de 1996. BOE-T-1996-11448
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 66, de 17 de marzo de 1988. BOE-A-1988-6934
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de octubre de 1988 En vigor | BOE-A-1988-22572 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1988 | Texto original | Leer |


