Legislación › Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad.
Artículo 20.
Artículo 20.
Si se ejercieran varios cargos o actividades públicos declarados previamente compatibles, la solicitud de compatibilidad para una actividad privada se efectuará en relación con todos los puestos declarados compatibles.


