Legislación › Ley 14/1986, de 26 de diciembre, sobre régimen de elecciones a la Junta General del Principado de Asturias.
Artículo 19.
Artículo 19.
La Junta Electoral del Principado de Asturias es la Administración Electoral competente para las operaciones previstas en relación a la presentación y proclamación de candidatos en todas las circunscripciones electorales.


