Legislación › Ley 5/1987, de 27 de marzo, de Elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Se faculta al Consejo de Gobierno de Cantabria para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el cumplimiento, desarrollo y ejecución de esta Ley.
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