LexTotal

Legislación › Ley 5/1987, de 27 de marzo, de Elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Los plazos a los que se refiere esta Ley serán improrrogables y se entenderán referidos siempre a días naturales.

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →