Legislación › Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
Artículo 64.
Artículo 64.
1. La fiscalización del gasto originado por la contratación que celebre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional será ejercida por la Intervención Delegada de la Intervención General en el Patrimonio Nacional.
2. El Consejo de Administración remitirá al Tribunal de Cuentas, en los supuestos legalmente previstos, los contratos que celebre.


