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Legislación › Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.

Artículo 18.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de abril de 1987 y la del 11 de mayo de 1990. Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 18.
Los titulares de los puestos de Director Gerente, Subdirector Gerente, Directores y de Subdirectores de División, podrán ser cesados libremente por la misma autoridad que acordó su designación, siéndoles de aplicación las prescripciones previstas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, a efectos de indemnización y otros. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de mayo de 1990 En vigor BOE-A-1990-10500 Leer Qué cambió
17 de abril de 1987 Texto original Leer

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