Legislación › Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.
Artículo 18.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de abril de 1987 y la del 11 de mayo de 1990.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 18.
Los titulares de los puestos de Director Gerente, Subdirector Gerente, Directores y de Subdirectores de División, podrán ser cesados libremente por la misma autoridad que acordó su designación, siéndoles de aplicación las prescripciones previstas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, a efectos de indemnización y otros. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de mayo de 1990 En vigor | BOE-A-1990-10500 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 1987 | Texto original | Leer |


