Legislación › Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.
Artículo 19.
Artículo 19.
1. (Derogado)
2. Como Órganos colegiados de asesoramiento a los Órganos de Dirección del hospital existirán las siguientes Comisiones:
a) Junta Técnico-Asistencial.
b) Comisión de Bienestar Social.
c) Comisión Central de Garantía de la Calidad.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria 5.2 del Real Decreto 571/1990, de 27 de abril. BOE-A-1990-10500.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de mayo de 1990 En vigor | BOE-A-1990-10500 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 1987 | Texto original | Leer |


