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Legislación › Orden de 15 de abril de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario.

Artículo 6.

Artículo 6.

La Orden podrá ser conferida en todos sus grados a extranjeros que se hayan distinguido por sus sobresalientes servicios a la agricultura, la pesca o el sector alimentario españoles.

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