Legislación › Orden de 15 de abril de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de la Orden del Mérito Agrario, Pesquero y Alimentario.
Artículo 6.
Artículo 6.
La Orden podrá ser conferida en todos sus grados a extranjeros que se hayan distinguido por sus sobresalientes servicios a la agricultura, la pesca o el sector alimentario españoles.


